Association Internationale de Droit des Assurances
AIDA MAIL              Summer 2006
 

1. Introduction

2. News from the Presidential Council

3. News from the Working Parties

4. News from the National Chapters

5. Legal Developments

6. AIDA Prize for Scientific Investigation

7. AIDA website

8. How to contribute to future issues of AIDA Mail

5. Legal Developments

SPAIN

Inclusión de la cobertura del consorcio de compensación de seguros de los riesgos extraordinarios en seguro de vida

A través de la Ley 12/2006, de 12 de mayo, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 17 de mayo de 2006, se ha ampliado la cobertura del Consorcio de Compensación de Seguros en cuanto a los riesgos extraordinarios para los seguros de Vida. Esto hace necesario modificar la actual definición de localización del riesgo que, para estos casos, pasa a ser el domicilio del asegurado y la inclusión de un recargo a favor del Consorcio en las coberturas de fallecimiento e invalidez en el ramo de Vida, de la misma naturaleza que los que ya se aplican en otras pólizas.

Según la Ley española de contrato de seguro (Ley 50/1980), los daños derivados de riesgos extraordinarios sobre las personas y los bienes. Si no existe pacto en contario, y exceptuando los grandes riesgos, este tipo de riesgos son objeto de cobertura por el CCS, según establece el Estatuto Legal del CCS (RDLeg 7/2004); son objeto de esta cobertura los daños derivados de acontecimentos acaecidos en España que afecten a riesgos situados en España, o bien ocurridos en el extranjero, cuando el tomador o el asegurado tenga su residencia habitual en España. Entre los riesgos descritos como extraordinarios se recogen, entre otros, las inundaciones extraordinarias, los terremotos y los actos terroristas. 

English Summary 

It was announced on 17 May 2006 that the Insurance Compensation Board (a Spanish governmental organisation) has extended cover for life insurance to include extraordinary risks enabled by the Spanish Law 12/2006, of 12 May 2006. The Board will compensate victims of extraordinary risks such as flood, earthquakes and terrorism if a life insurance policy has been taken out by the victim which includes a surcharge payable to the Insurance Compensation Board.